Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs. Se extiende hasta el 1/12/2020 la vigencia de las altas y bajas de sujetos obligados al régimenSUMARIO: Se establece, excepcionalmente, que aquellas empresas que sean incorporadas en el presente año en el universo “empresas grandes” serán sujetos obligados del régimen “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” desde el 1/12/2020.
Asimismo, aquellas empresas que quedaran excluidas del universo “empresas grandes” dejarán de ser sujetos obligados del régimen a partir del 1/12/2020.