Régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”. Se prorroga el plazo de aceptación
SUMARIO: Se prorroga hasta el 31/12/2021 la extensión del plazo a 30 días corridos para la aceptación de las “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs”.
Asimismo, se establece que hasta el 31/12/2021 el citado régimen no será aplicable para aquellos comprobantes -facturas o recibos- emitidos por mipymes a empresas grandes que sean cedidos en la forma dispuesta por el artículo 1618 del Código Civil y Comercial antes de ser cancelados, rechazados o aceptados -expresa o tácitamente- por la destinataria de los mismos.