Se realizan adecuaciones en el Régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”
SUMARIO: Se introducen modificaciones en los plazos previstos en la ley de financiamiento productivo -L. 27440-. En tal sentido, hasta el 30/6/2022, se extiende el plazo respecto a la obligatoriedad de la emisión de las “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” y la aceptación de las mismas -previstos en los arts. 4, 5 y 6- de 15 a 30 días corridos.
Asimismo, se establece que los plazos mencionados anteriormente serán de 25 días corridos desde el 1/7/2022 hasta el 31/12/2022.