Facilidades de pago. Régimen de facilidades de pago. Modificación
SUMARIO: Se establece que se podrán incluir en el régimen de facilidades de pago -D. (Cba.) 1738/2016- las deudas que se encuentren vencidas al momento de la solicitud del plan de pagos.
Asimismo, se eleva, para el caso de planes pactados en hasta 36 cuotas, el monto mínimo de las mismas, de $ 200 a $ 500.