Declaración jurada de ingresos exentos para la actividad de prestación de servicios asistenciales de salud privadoshayan suscripto con el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba contratos y/o convenios para la atención prioritaria de pacientes afectados por coronavirus y que se encuentren exentos, deberán declarar dichos ingresos como exentos en los distintos sistemas y/o aplicativos.
Quienes ya hayan presentado la declaración jurada y/o hubiesen pagado la posición de mayo y/o junio de 2021 deberán rectificar la misma y, a la vez, quienes lo hayan abonado deberán adicionalmente consignar en “Otros créditos”, seleccionando el concepto “Cómputo autorizado por normas”, lo abonado en la declaración jurada original, y el saldo a favor generado podrá ser trasladado a períodos posteriores.