Ingresos brutos. Régimen de información. Comercialización de combustibles líquidos. Reglamentación
SUMARIO: Se reglamenta el régimen de información que deberán cumplimentar los sujetos que intervengan en la cadena de comercialización de combustibles líquidos, cuando realicen operaciones a nombre propio y/o por cuenta y orden de terceros, que resulten contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos en la Provincia de Córdoba, ya sean contribuyentes del régimen local como de Convenio Multilateral -R. (SIP Cba.) 7/2017-.
Al respecto, destacamos que los sujetos obligados a actuar como agentes de información del presente régimen deberán realizar su inscripción como tales a través de la página web de la Dirección General de Rentas de la Provincia, con clave fiscal.