Ingresos brutos. Régimen simplificado. Sistema Único Tributario. Inscripción, modificación de datos y cese de actividades. Reglamentación
SUMARIO: Se establece que la inscripción y modificación de datos y el cese de actividades por parte de los contribuyentes comprendidos dentro del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Córdoba se deberán realizar dentro del marco del Sistema Único Tributario -RGC (AFIP – MF Cba.) 4263-.
Asimismo, se dispone que los citados contribuyentes deberán realizar el pago de la obligación mensual devengada a partir del mes 7/2018, junto con el ingreso de la cuota del régimen de monotributo nacional -RG (AFIP) 2322-.