Régimen de regularización de deudas vencidas al 31/12/2019 para mipymes, con condonación de intereses y multas
SUMARIO: Se establece, desde el 2/3/2020 y hasta el 31/5/2020, ambas inclusive, un régimen de regularización de deudas provenientes del impuesto inmobiliario básico y complementario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas al 31/12/2019.
Podrán acceder al mismo los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos inscriptos en el “Programa Buenos Aires ActiBA” o en el “Agro Registro MiPyMES”.
Asimismo, deberán tener presentadas a la fecha de acogimiento las declaraciones juradas de ingresos brutos que correspondan al ejercicio fiscal 2019 y deberán mantener la cantidad de personal en relación de dependencia durante la vigencia del régimen.
El acogimiento al régimen implica la condonación del 100% de las multas aplicadas, firmes o no, y de los accesorios por mora e intereses punitorios.
Las deudas se podrán regularizar al contado o en hasta 120 cuotas mensuales, con un interés de financiación del 2,75% o del 3%, dependiendo de la categoría del contribuyente.