Las percepciones recaudadas en el régimen general de percepción se ingresarán en forma mensual
SUMARIO: Se modifica la forma de ingreso de los importes recaudados en el régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.
Los importes percibidos deberán ser ingresados, mediante un único pago, en el mes siguiente y hasta el día establecido en el calendario para el vencimiento de las obligaciones fiscales que, a tal efecto, aprueba anualmente la Agencia de Recaudación.
Asimismo, se disponen en el caso del régimen especial de percepción de cervezas y otras bebidas -RN (ARBA Bs. As.) 59/2012- modificaciones respecto del cómputo de percepciones practicadas y que se les hubieren efectuado.
Estas modificaciones resultan de aplicación respecto de las percepciones efectuadas a partir del 1 de setiembre de 2020, inclusive.