Impuesto a la transmisión gratuita de bienes. Pago en cuotas. Reglamentación. Modificación
SUMARIO: Se reglamenta la posibilidad de cancelar el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, a opción del contribuyente, en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, dependiendo del monto del impuesto a ingresar.
Recordamos que, por medio de la ley (Bs. As.) 14983, se incrementó la cantidad de cuotas en las cuales se podrá abonar el gravamen.