Córdoba: 54 351 4525599/93 - C.A.B.A. : 54 11 44375150
info@estudiorodriguez.com
Facebook
Twitter
Google+
LinkedIn
  • Home
  • Estudio
  • Servicios
  • Vencimientos
  • Artículos
  • Links
  • Reclamos
  • Contacto

RESOLUCIÓN (MF Cba.) 128/2017 – 10-05-2017

11 agosto, 2017larnick

Ingresos brutos. Régimen especial de retención. Pagos a sujetos radicados o domiciliados en el exterior no inscriptos en la Provincia. Plazo para la declaración e ingreso de los importes retenidos
SUMARIO: Se establece que los agentes del régimen especial de retención del impuesto sobre los ingresos aplicable sobre los pagos efectuados a sujetos radicados o domiciliados en el exterior -Tít. VI del Libro III del D. (Cba.) 1205/2015- deberán declarar e ingresar los montos retenidos dentro de los 7 días hábiles posteriores a la fecha de pago que generó la misma.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Entradas recientes

  • RESOLUCIÓN (SPyMEyE) 167/2020  – 22-12-2020
  • DECRETO (Cba.) 870/2020  – 16-12-2020
  • RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 8/2020  – 03-12-2020
  • LEY (Cba.) 10722  – 24-12-2020
  • RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4892  – 24-12-2020
  • RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4885  – 21-12-2020
  • LEY 27605  – 18-12-2020
  • RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4858  – 20-11-2020
HomeEstudioServiciosVencimientosArtículosLinksReclamosContacto
© 2017 By GAPDIGITAL.BIZ