SAS. Modificaciones respecto a trámites registrales. Aclaraciones sobre sede social y los libros digitales
SUMARIO: Se establece que todo trámite relativo a sociedades por acciones simplificadas deberá ser presentado con dictamen de precalificación profesional, debiendo contener obligatoriamente la ubicación completa de la sede social y expresa manifestación del profesional firmante acerca de si su intervención comprendió la verificación que el lugar que se indica es efectivamente el centro principal de la dirección y administración.
Asimismo, se dispone la obligación de cumplir con la determinación de los beneficiarios finales.
Por otra parte, modifica las disposiciones sobre libros digitales, eliminando la posibilidad de que las actas sean firmadas en forma ológrafa en soporte papel, admitiendo únicamente la suscripción de actas mediante firma digital por la persona autorizada al efecto.
Finalmente, suspende durante la situación de emergencia sanitaria la opción de certificación por parte de funcionarios autorizados de la IGJ de firmas de instrumentos privados de constitución y de todo otro instrumento privado de todas las personas jurídicas privadas sujetas a su fiscalización.
Estas disposiciones resultan de aplicación a partir del 12 de noviembre de 2020.