Ampliación del plazo de presentación de declaraciones juradas de determinados contribuyentes de ingresos brutos
SUMARIO: Se consideran presentadas en término, hasta el 30/6/2020, las declaraciones juradas anuales informativas del impuesto sobre los ingresos brutos por parte de los contribuyentes agropecuarios cuyos ingresos totales se encuentran exentos del impuesto –inc. 23 del art. 215 del CTP-, como así también de los productores de seguros totalmente retenidos por su única actividad y de las fundaciones, colegios o consejos profesionales y asociaciones profesionales, asociaciones civiles o simples asociaciones civiles y religiosas.
Asimismo, también se consideran presentadas en término en dicha fecha las declaraciones juradas mensuales del régimen de información para quienes intervengan en la cadena de comercialización de combustibles líquidos -R. (SIP Cba.) 7/2017-.