Creación del “Registro de gastos asociados a proyectos de investigación – Ley 27.541” y de la forma de instrumentar la exención en el impuesto PAIS y de la percepción por operaciones en moneda extranjera
SUMARIO: Se crea el “Registro de gastos asociados a proyectos de investigación – Ley 27.541”, donde la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, actuante en el ámbito del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, deberá inscribir los proyectos de investigación para hacer efectiva la exención del impuesto PAIS y la no aplicación de la percepción del 35% sobre los insumos relacionados con los citados proyectos.
En tal sentido, los agentes de percepción no practicarán las citadas percepciones cuando el resultado de la consulta en el “Registro” verifique que la tarjeta prepaga con la que se efectuaron los gastos se encuentra asociada a un proyecto en curso inscripto en el “Registro” y siempre que el consumo acumulado no supere el monto disponible para gastos informado.