Cese de oficio por inactividad del contribuyente. Procedimiento aplicable desde el 1/1/2019
SUMARIO: Se establece el procedimiento que deberá realizar una determinada jurisdicción para solicitar el cese de oficio ante el Comité de Administración del Padrón Web, luego de detectar la inactividad de un contribuyente.
Una vez que la baja quede efectivizada, se notificará al contribuyente dicha situación y se le solicitará, en caso de corresponder, la presentación del CM05 con el recálculo de coeficientes vigentes para las jurisdicciones que queden activas.
Por último, señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 1/1/2019.