Impuesto PAIS: nuevos sujetos no alcanzados por el régimen de percepción
SUMARIO: La AFIP establece nuevos sujetos que no se encontrarán alcanzados por el régimen de percepción del impuesto a las ganancias y bienes personales sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto PAIS” –RG (AFIP) 4815-.
En tal sentido se establece que, no se encontrarán alcanzados por el mencionado régimen los siguientes sujetos que posean certificado de exención en Ganancias vigente:
* Entidades exentas de impuestos por leyes nacionales;
* Sociedades cooperativas;
* Instituciones religiosas;
* Asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual;
* Entidades mutualistas;
* Asociaciones deportivas y de cultura física que no persigan fines de lucro;
* Instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.