Unificación de la alícuota de retención del impuesto a las ganancias sobre dividendos y utilidades asimilables
SUMARIO: Se adecua el régimen de retención de dividendos y utilidades manteniendo la alícuota al 7% en todos los casos.
Recordamos que el citado régimen es aplicable a los dividendos y utilidades puestos a disposición de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y de los beneficiarios del exterior.