Córdoba: 54 351 4525599/93 - C.A.B.A. : 54 11 44375150
info@estudiorodriguez.com
Facebook
Twitter
Google+
LinkedIn
  • Home
  • Estudio
  • Servicios
  • Vencimientos
  • Artículos
  • Links
  • Reclamos
  • Contacto

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4758  – 13-07-20

22 agosto, 2020larnick

Mini plan. Saldo de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales del periodo 2019. Se podrá regularizar sin tener en cuenta la categoría de SIPER
SUMARIO: La AFIP establece que el saldo de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019 podrá regularizarse por medio del mini plan, hasta el 30/9/2020, sin importar la categoría de SIPER en la cual se encuentre caracterizado el contribuyente.
En este orden, los contribuyentes podrán abonar dicho saldo en hasta 3 cuotas y un pago a cuenta del 25%.
Asimismo, se establece que las personas jurídicas, contribuyentes del impuesto a las ganancias, también podrán acceder al mini plan hasta el 31/8/2020.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Entradas recientes

  • RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 6/2022 – 28-03-2022
  • RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 7/2022 – 01-04-2022
  • RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 9/2022  – 07-04-2022
  • RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 13/2022 – 01-06-2022
  • RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 168/2022 – 01-07-2022
  • DECRETO (Cba.) 459/2022  – 09-05-2022
  • DECRETO (Cba.) 484/2022  – 17-05-2022
  • DECRETO (Cba.) 510/2022  – 20-05-2022
HomeEstudioServiciosVencimientosArtículosLinksReclamosContacto
© 2017 By GAPDIGITAL.BIZ