Impuesto a las Ganancias. Cooperadoras escolares y hospitalarias y asociaciones de bomberos voluntarios. Obtención del Certificado de Exención
SUMARIO: Se establece un nuevo procedimiento especial y simplificado para que las cooperadoras escolares y hospitalarias y asociaciones de bomberos voluntarios obtengan el certificado de exención del impuesto a las ganancias.
El mencionado certificado deberá solicitarse mediante la web de la AFIP con clave fiscal en la opción ““RÉGIMEN SIMPLIFICADO – Ingresar Solicitud” del servicio “web” “CERTIFICADO DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS” y se otorgará por el plazo de 1 año desde la fecha de otorgamiento.
Se podrá solicitar la renovación del certificado de exención dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles anteriores al vencimiento del certificado vigente.
Destacamos que aquellos sujetos que hayan obtenido el presente certificado de exención quedan exceptuados de cumplir con la presentación de la declaración jurada del mencionado gravamen.
Por último señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación para las solicitudes que se presenten a partir del 25/6/2020. No obstante, las entidades alcanzadas por el presente procedimiento podrán desistir de las solicitudes en trámite, realizadas con anterioridad, ingresando al servicio con Clave Fiscal “CERTIFICADO DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS”, a los efectos de formular la solicitud conforme lo establece la presente norma.