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RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4640  – 29-11-2019

17 diciembre, 2019larnick

Impuesto al Valor Agregado. Se prorroga al 1/3/2020 la utilización obligatoria del SIRE y se efectúan adecuaciones
SUMARIO: Se prorroga al 1/3/2020 la utilización obligatoria del SIRE para informar e ingresar las retenciones y/o percepciones del impuesto al valor agregado. También se aclara que desde el 1/12/2019 su utilización es opcional para las retenciones del impuesto y se efectúan adecuaciones respecto de la normativa vigente relacionada con los períodos de opción y obligatoriedad de los sistemas.
Señalamos que no quedan alcanzadas por las presentes disposiciones las percepciones efectuadas en el marco del régimen de percepción de servicios digitales y de responsables sustitutos en carácter de locatarios, prestatarios, representantes o intermediarios de sujetos del exterior que realicen locaciones o prestaciones gravadas en el país.

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