Se simplifica la acreditación de domicilio fiscal
SUMARIO: La AFIP simplifica la acreditación de domicilio fiscal, estableciendo que en el caso de las inscripciones de contribuyentes ante el Organismo, independientemente de la documentación que para cada caso se soliciten, solo se deberá contar con al menos un instrumento de los ya conocidos para acreditar la existencia y veracidad del citado domicilio fiscal (DNI, Certificado de domicilio expedido por autoridad competente, acta de constatación notarial, entre otros).