Procedimiento Fiscal. Se implementa el “Registro Único Tributario – Padrón Federal”
SUMARIO: Se establece la implementación del “Registro Único Tributario – Padrón Federal” a través del cual se podrán consultar, administrar altas, bajas y modificaciones y emitir constancias de inscripción unificada de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales, que adhieran al mismo mediante convenios o normas particulares.
El presente registro estará integrado por los contribuyentes alcanzados por impuestos nacionales y el impuesto sobre los ingresos brutos y tributos municipales que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios de las jurisdicciones adheridas.
Aquellos contribuyentes que ya se encuentren inscriptos en los citados tributos serán incorporados de oficio al “Registro” con los datos ya registrados en las distintas administraciones tributarias y deberán verificar los mismos a través del Sistema Registral en la página de AFIP. Asimismo las Administraciones provinciales y la comisión Arbitral informarán a la AFIP sobre cambios en el encuadramiento tributario de los contribuyentes para la posterior actualización automática del “Registro”.
Las disposiciones resultarán de aplicación a partir de la fecha de implementación del “Registro” por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y de al menos una administración tributaria provincial, lo cual será comunicado en el sitio “web” institucional de AFIP, como también el cronograma de implementación del “Registro” respecto de las restantes administraciones tributarias locales.