Micro o pequeñas empresas. Se podrá afectar el saldo de libre disponibilidad del IVA a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social
SUMARIO: Se habilita de manera excepcional y con carácter transitorio, para las micro o pequeñas empresas, la afectación del saldo de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día 4 de octubre de 2019 y la solicitud de afectación podrá realizarse desde el día 7 de octubre de 2019 hasta el día 31 de octubre de 2019, ambas fechas inclusive.