Plan de facilidades de pago en hasta 120 cuotas por obligaciones vencidas hasta el 15/8/2019. Ahora se incluye a las entidades sin fines de lucro
SUMARIO: Se incorpora a las entidades sin fines de lucro como sujetos alcanzados por el plan de facilidades de pago temporario de hasta 120 cuotas para obligaciones corrientes vencidas hasta el 15/8/2019 -RG (AFIP) 4557- y se aclara que también podrán adherirse aquellos caracterizados en el Sistema Registral como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.
Por otra parte, se establece que la suspensión de embargos por parte de la AFIP resulta aplicable hasta el 12/11/2019.
Señalamos que las nuevas entidades alcanzadas que pueden regularizar sus obligaciones son las asociaciones, fundaciones, cooperadoras, institutos de vida consagrada, asociaciones simples, iglesias, entidades religiosas, entre otras, quedando excluidos los sujetos que se encuentren o hubieran estado alcanzados por los beneficios del régimen de retención y percepción para aportes y contribuciones patronales correspondiente a los jugadores de fútbol -D. 1212/2003-.