Régimen de información de entidades financieras para operaciones y cuentas de sujetos no residentes. Se prorroga al período fiscal 2020 la obligación de informar
SUMARIO: Se prorroga al período fiscal 2020 y siguientes el régimen de información para entidades financieras locales respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares sean sujetos no residentes -RG (AFIP) 4056-E-.
Recordamos que quedan incluidos en el mismo:
– Las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, así calificadas por el Banco Central de la República Argentina.
– Los representantes de entidades financieras no autorizadas a operar en el país.
– Entidades sujetas a control de la Comisión Nacional de Valores (CNV) categorizadas como “agente asesor de mercado de capitales”, “agente de depósito colectivo” y “agente de custodia, registro y pago”.