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RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4358 – 12-12-2018

3 enero, 2019larnick

Ganancias. Deducciones especiales de la tercera categoría. Se incrementa el importe máximo de los créditos incobrables de escasa significación

SUMARIO: Se incrementa a $ 45.000 el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales, que resultan deducibles de las rentas de tercera categoría, sin necesidad de realizar gestiones judiciales -fijado por la RG (AFIP) 1457 y de acuerdo con lo establecido por el art. 136 del decreto reglamentario del impuesto-. 
Señalamos que la presente modificación resulta de aplicación para los ejercicios fiscales cuyos cierres de ejercicio se produzcan a partir del 13/12/2018.

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