Régimen de facilidades de pago permanente. Disposiciones transitorias para pymes y otros sujetos a partir del 1/12/2018
SUMARIO: Se otorgan mayores facilidades de pago, en forma transitoria, para los siguientes sujetos, en el marco del régimen de facilidades permanente dispuesto por la resolución general (AFIP) 4268:
– Las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1-, desde el 1/12/2018 y hasta el 28/2/2019, podrán regularizar en hasta 6 planes de facilidades sus obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial.
– Los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de fiscalización podrán solicitar para su cancelación, desde el 1/12/2018 y hasta el 31/3/2019, la adhesión a planes de facilidades de pago de hasta 24 cuotas.