Régimen excepcional de facilidades de pago de deudas devengadas al 31 de diciembre de 2021
SUMARIO: Se establece un régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos, por cuyos conceptos existan deudas con el Fisco provincial, devengados al día 31 de diciembre de 2021.
Al respecto, se podrán incluir en el presente régimen deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, de sellos, automotor, embarcaciones, tasas retributivas de servicios, excepto tasa de justicia, todo otro recurso cuya recaudación y/o administración sean conferidas a la Dirección General de Rentas de la Provincia, multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información, multas que correspondan a los agentes de retención, percepción y/o recaudación, y multas que correspondan a los responsables sustitutos por la omisión de ingresar los importes de su actuación en tal carácter.
Destacamos que las deudas incluidas en el presente régimen se podrán regularizar en hasta 36 cuotas y los contribuyentes podrán acceder al régimen hasta el día 30 de septiembre de 2022.