Adecuación de la reglamentación del Código Fiscal y de los regímenes de retención, percepción y/o recaudación
SUMARIO: Como consecuencia de las recientes modificaciones introducidas al Código Tributario Provincial -L. (Cba.) 10679-, se adecua la normativa reglamentaria vigente -D. (Cba.) 1205/2015-.
Entre las principales modificaciones, destacamos las siguientes:
Se dispone que las presentaciones de escritos y los aportes de pruebas que realicen los contribuyentes y responsables dentro de las dos primeras horas del horario administrativo habilitado para la atención al público se consideran efectuadas en término cuando el plazo previsto para el ejercicio de sus derechos hubiere vencido al finalizar el día hábil inmediato anterior.
Por otra parte, se modifican las alícuotas de retención del impuesto sobre los ingresos brutos que deberán aplicar las entidades emisoras de tarjetas de crédito y/o las entidades encargadas de recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones, sobre el total de las rendiciones y/o liquidaciones efectuadas a prestadores de las actividades gravadas que se encuentren domiciliados, radicados o constituidos en el exterior.