Reducción de multas por deudas en instancia contencioso-administrativa que se regularicen mediante el régimen de facilidades de pago permanente
SUMARIO: Se establece que los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas en instancia contencioso-administrativa mediante el régimen de facilidades de pago permanente -D. (Cba.) 1738/2016- gozarán adicionalmente del beneficio de reducción de las multas por omisión o defraudación, no firmes, a su mínimo legal.
Señalamos que cuando las referidas multas resulten inferiores al 50% del monto de la obligación omitida o defraudada la misma quedará reducida al 50% de la sanción aplicada.
La presente reducción resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se perfeccionen hasta el 25/11/2019.