Ley de procedimientos administrativos. Se sustituye su reglamentación, incorporando las presentaciones digitales
SUMARIO: Se sustituye la reglamentación de la ley de procedimientos administrativos, aprobándose un texto ordenado de la misma.
Señalamos que el nuevo texto ordenado contiene la posibilidad de efectuar la presentación de los escritos a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD) y también reglamenta los aspectos inherentes a la constitución de un domicilio especial electrónico donde serán válidas las comunicaciones y notificaciones.
Con respecto a los plazos de los expedientes electrónicos, se establece que los mismos se computarán a partir del primer día hábil siguiente al de la carga de documentación efectuada correctamente por el particular en la plataforma electrónica en su cuenta de usuario, no siendo de aplicación en estos casos el artículo 124 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.